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Familia y Sucesiones

AP Toledo, Sec. 2.ª, 157/2013, de 20 de junio. Recurso 80/2013

Ponente: ALFONSO CARRION MATAMOROS
SP/SENT/726279
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 Privación de la patria potestad al padre condenado por homicidio de la madre de los menores
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: Por el Juzgado de 1ª Instancia Núm. 2 de Ocaña, con fecha 18 de enero de 2012, se dictó sentencia en el procedimiento de que dimana este rollo, cuya PARTE DISPOSITIVA dice: "Que estimo la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Doña Nieves Martín-Fuertes Colastra en nombre y representación de Doña Tomasa contra Don Salvador , y acuerdo:
1.- La privación total a Don Salvador de la patria potestad y demás derechos inherentes a la misma respecto a sus tres hijos menores.
2.-Condeno al demandado a estar y pasar por la anterior declaración.
No se hace especial pronunciamiento en materia de costas."
SEGUNDO: Contra la anterior resolución y por Salvador , dentro del término establecido, tras anunciar la interposición del recurso y tenerse por interpuesto, se articularon por escrito los concretos motivos del recurso de apelación, que fueron contestados de igual forma por los demás intervinientes, con lo que se remitieron los autos a ésta Audiencia, donde se formó el oportuno rollo, quedando los autos vistos para deliberación y resolución.-
SE CONFIRMAN Y RATIFICAN los antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y fallo de la resolución recurrida, en cuanto se entienden ajustados a derecho, por lo que, en definitiva, son
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO: En el presente caso, la Juez de Primera Instancia del Juzgado nº2 de Ocaña decide la privación total de la patria potestad y demás derechos inherentes a la misma a Salvador respecto de sus tres hijos menores.
La representación procesal de Salvador recurre la sentencia dictada en primera instancia alegando el error en la valoración de la prueba al entender que en el presente caso tal privación no es necesaria para el interés de los menores porque bajo su punto de vista no implica una defensa o protección de sus intereses. Argumenta, por ello, que la sentencia no establece si la privación está condicionada a una causa, lo que entiende que le causa una grave indefensión y por otra parte aduce que no entiende qué tipo de daño o peligro grave intenta evitar tal privación de derechos, puesto que , según su versión, en ningún momento se ha puesto de manifiesto que la conducta o actuación de su representado cause un mal, peligro o daño grave y actual a sus hijos. Admite el apelante que está condenado por un delito de homicidio al matar a la madre de los menores, pero aduce en su descargo que en el momento de cometerse el delito no cree que su cliente " tuviera tiempo o llegara a plantearse que dichos desafortunados y lamentables hechos significaran un incumplimiento grave y reiterado de los deberes inherentes a la patria potestad".
Ante ello hay que decir que la patria potestad es en el Derecho Moderno, y concretamente en nuestro Derec
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