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Familia y Sucesiones

TS, Sala Primera, de lo Civil, 750/2015, de 30 de diciembre. Recurso 415/2015

Ponente: JOSE ANTONIO SEIJAS QUINTANA
SP/SENT/838282
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 La sentencia de la Audiencia conoce la jurisprudencia de la Sala sobre la guarda y custodia compartida, ha valorado el informe psicosocial y ha considerado que lo más adecuado para los menores es mantener la custodia materna fijada en el divorcio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El procurador don Zigor Capelastegui Cristobal, en nombre y representación de don Leovigildo , interpuso demanda de juicio sobre modificación de medidas definitivas de divorcio y custodia de hijos menores, contra doña Dolores y alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dicte sentencia que contenga los siguientes pronunciamientos:
A) Atribuir la guarda y custodia de los menores, Purificacion , Aurora y Carlos Manuel , a ambos progenitores por semanas alternas, debiendo realizarse el cambio de custodia todos los viernes a la salida del colegio o en su caso a las 17.00 horas cuando no haya colegio, perteneciendo en su compañía hasta el viernes siguiente a la misma hora en que les recogerá el otro progenitor.
Los menores estarán con el progenitor con quien no pasen la semana, desde la salida del colegio, o, en su caso, las 17 horas de los miércoles hasta el día siguiente, jueves a la entrada del colegio o a las 9.00 horas.
Las vacaciones escolares de Navidad y Semana Santa, se dividirán en dos períodos iguales, correspondiendo al padre elegir el período de estancia con sus hijos, los años pares y a la madre los años impares.
Respecto a las vacaciones de verano, se dividirán en seis (6) períodos de tal manera que el final del mes de Junio corresponderá al padre los años pares y a la madre los impares, la primera qu
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