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Familia y Sucesiones

AP Madrid, Sec. 22.ª, 52/2016, de 22 de enero. Recurso 830/2015

Ponente: CARMEN NEIRA VAZQUEZ
SP/SENT/843899
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 La distancia de 27 km entre el domicilio materno y paterno, sus horarios laborales y las actividades extraescolares de la menor no permiten modificar la custodia a compartida pese a mostrarse favorable la hija y el informe pericial
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 Debatidas cuestiones tendentes a la modificación de la custodia de la menor de 16 años no procede efectuar condena en costas
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 No se accede a la modificación de la pensión de alimentos ya que en los 7 meses transcurridos desde que se dictó la sentencia no han cambiado los ingresos del padre ni las necesidades de la hija
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Sala acepta y tiene por reproducidos los antecedentes de hecho contenidos en la resolución apelada.
SEGUNDO.- Con fecha 21 de octubre de 2014 por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Alcalá de Henares se dictó Sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que desestimando totalmente la demanda interpuesta por d. Teodosio contra Dña. Inés , declaro no haber lugar a modificar las medidas acordadas en la Sentencia de Divorcio de Mutuo Acuerdo de fecha 02-04-13, recaída en procedimiento número 1153/12 seguido ante este Juzgado; demanda que por turno de reparto correspondió a este Juzgado. Y ello con condena en costas a la parte actora."
TERCERO.- Notificada la mencionada resolución a las partes, contra la misma, se interpuso recurso de apelación por la representación legal de Don Teodosio , exponiendo en el escrito presentado las alegaciones en las que basaba su impugnación.
De dicho escrito se dio traslado a las demás partes personadas, presentando la representación de Doña Inés escrito de oposición e impugnación y el Ministerio Fiscal escrito de oposición.
Seguidamente se remitieron las actuaciones a esta Superioridad, en la que, previos los trámites oportunos, se acordó señalar para deliberación, votación y fallo del recurso el día 21 de enero de los corrientes.
CUARTO.- En la tramitación de est
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