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Familia y Sucesiones

AP Cantabria, Sec. 3.ª, 346/2013, de 11 de septiembre. Recurso 616/2013

Ponente: PAZ MERCEDES ALDECOA ALVAREZ-SANTULLANO
SP/SENT/745494
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 La prueba documental y testifical justifican que el acusado no tenía capacidad económica para el pago de la obligación alimenticia y que no se negó a realizarla llegando incluso a la dación en pago lo que impide la condena del artículo 227 CP
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ANTECEDENTES DE HECHO
Se aceptan los de la sentencia de instancia, y
PRIMERO : En la causa de que el presente Rollo de Apelación dimana, por el JUZGADO DE LO PENAL Nº 1 DE SANTANDER, se dictó sentencia en fecha quince de mayo de dos mil trece , cuyo relato de Hechos Probados y Fallo, son del tenor literal siguiente:
"HECHOS PROBADOS :
QUEDA PROBADO Y ASI SE DECLARA que el acusado D. Virgilio , mayor de edad, sin antecedentes penales, por sentencia firme de fecha 4 de Julio de 2005, dictada por el Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santander , al pago de la pensión de alimentos a favor de sus dos hijos menores de edad en la cantidad de 150€ durante los cuatro primeros meses y de 300€ los siguientes.
El acusado no ha cumplido con su obligación desde el mes de Marzo de 2006 hasta Junio de 2012, lo cual, fue denunciado por Dª Marisa en Octubre de 2011.
FALLO :
QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a D. Virgilio como autor criminalmente responsable, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad penal, de un delito de abandono de familia en su modalidad de impago de pensiones tipificado en el Art. 227.1 del CP , a la pena de seis meses de multa a razón de una cuota diaria de 6€ con aplicación de la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la multa conforme al Art. 53 del CP .
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