CARGANDO...

Procuradores

TC, Sala Segunda, 180/2015, de 7 de septiembre

Ponente: JUAN JOSÉ GONZÁLEZ RIVAS
SP/SENT/826156
Gestión Documental
 La labor investigadora del paradero del demandante de amparo fue razonable y suficiente, sin que el hecho de que estuviera en prisión desvirtúe esta conclusión; se respetó además el carácter subsidiario de la notificación edictal
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Debe otorgarse el amparo por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, art. 24 CE, por inadmisión del incidente de nulidad de actuaciones interpuesto por el recurrente al no haber tenido conocimiento del proceso por estar en prisión
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
1. Mediante escrito que tuvo entrada en el Registro General de este Tribunal el día 4 de junio de 2013, el Procurador de los Tribunales don Pablo Domínguez Maestro, en nombre y representación de Jorge, interpuso recurso de amparo contra la resolución judicial que se cita en el encabezamiento.
2. Los hechos de los que trae causa la demanda, relevantes para la resolución del recurso, son, en síntesis, los siguientes:
a) Ante el Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Almería se siguieron autos de juicio verbal núm. 001, en el que por doña MARÍA se instaron medidas de regulación de relaciones paterno-filiales frente al ahora recurrente de amparo, respecto del hijo común. En la demanda, la parte actora manifestaba desconocer el domicilio del demandado.
b) Por el Juzgado se acordó oficiar a la Policía Local para averiguación del domicilio y, ante el resultado infructuoso, por diligencia de ordenación de fecha 12 de abril de 2007 se acordó librar oficio a la Policía Nacional y a la Guardia Civil de Almería, y consultar la base de datos de la Tesorería General de la Seguridad Social.
Ante el resultado negativo de las averiguaciones, se dio traslado a la actora quien interesó que se practicara el emplazamiento por edictos, lo cual se acordó por providencia de fecha 10 de julio de 2007.
c) Seguido el juicio por sus trámites, se dictó Sentencia estimando parcialme
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos