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Procuradores

AP Cáceres, Sec. 1.ª, 309/2015, de 22 de octubre. Recurso 450/2015

Ponente: ANTONIO MARIA GONZALEZ FLORIANO
SP/SENT/832227
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 Nulidad de actuaciones al ser notificado el demandado mediante edictos, cuando se podía haber comunicado la identidad de su abogado y a través de él, el domicilio del demandado, pudiendo ser citado personalmente
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 3 de Cáceres, en los Autos núm. 621/10, con fecha 23 de Noviembre, se dictó sentencia cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"FALLO: Estimando la demanda interpuesta por la representación procesal de OLLERO CONSTRUCCIONES 2000 SL contra D. Marcos , debo declarar y declaro resuelto el contrato de compraventa suscrito entre las partes citadas con fecha 25/09/2002, condenando al demandado a pagar a la actora la cantidad de 120.202,42€en concepto de arras penitenciales, 46.038,50€ en concepto de precio de las obras ejecutadas y 11.933,23€ en concepto de entrega a cuenta del precio, más los intereses legales de las anteriores cantidades desde la interpelación judicial ( artículo 1108 CC ) e intereses del artículo 576 de la LEC . Todo ello con imposición de costas procesales a la parte demandada.".
SEGUNDO .- Frente a la anterior resolución y por la representación procesal del demandado se interpuso, en tiempo y forma, recurso de apelación, se tuvo por interpuesto y, de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C ., se emplazó a las demás partes personadas para que en el plazo de diez días presentaran ante el Juzgado escrito de oposición a los recursos o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que le resulte desfavorable.
TERCERO .- La representación procesal de la mercantil demandante presentó escrito
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