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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 449/2013, de 22 de mayo. Recurso 866/2012

Ponente: CANDIDO CONDE-PUMPIDO TOURON
SP/SENT/720864
Gestión Documental
 El acusado aprovechó su experiencia y la escasa formación de sus víctimas para generar su confianza y una vez alcanzada convencerles para que le otorgasen un poder
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 La inviabilidad de declarar la nulidad de los contratos es debido al hecho de que los titulares de los inmuebles se verían obligados a cumplir las leoninas condiciones del estafador
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 Emplazado conjuntamente con los demás acreedores hipotecarios la posición omisiva del recurrente está amparada en su dejadez
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- El Juzgado de Instrucción nº 4 de Palma de Mallorca, instruyó Procedimiento Abreviado 4464/2005 contra Samuel , por delito continuado de estafa, y una vez concluso lo remitió a la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca, que con fecha 23 de noviembre de dos mil once dictó sentencia que contiene los siguientes
El acusado Samuel , nacido el NUM000 /1977, ejecutoriamente condenado el 27 de junio de 2002 por un delito de estafa a seis meses de prisión, causa en la que se le concedió la suspensión de la condena por dos años; el 2 de noviembre de 2004; el 16 de julio de 2004 por otro delito de estafa a un año y seis meses de prisión y multa de 1.080 euros; el 2 de marzo de 2007 por un delito de tráfico de drogas a la pena de tres años de prisión, causa en la que también se le concedió, el 23 de noviembre de 2007, la suspensión de la condena por tiempo de tres años. En libertad provisional por esta causa y cuya solvencia económica no consta. En Palma de Mallorca, en el periodo comprendido entre finales del año 2002 y septiembre de 2005 consiguió ganarse la confianza de determinadas personas, que sabía poseían bienes tales como viviendas, parcelas o solares y con las promesas de gestionar el alquiler, o la venta de los mismos, consiguió que estos titulares le otorgasen poderes generales para administrar sus propiedades, incluyendo la realización de cualquier operación mercantil con dichos bienes gravámenes, ventas, cobros de débitos, etc... sin limitación alguna.
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