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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 866/2013, de 21 de noviembre. Recurso 289/2013

Ponente: MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
SP/SENT/742143
Gestión Documental
 El engaño del acusado a los compradores sobre la titularidad del solar sobre la que solo tenía una opción de compra permite entenderlo suficiente para configurar el delito de estafa
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 No podrá aplicarse la agravación de viviendas de la estafa para todas las acciones del acusado pues solo resulta probado que parte de los compradores destinarían el solar a dicho fin
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 La cuantía que el acusado devuelve a los perjudicados no afectará a la cuantía de lo defraudado pero si a la responsabilidad civil por el ilícito
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- El Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de los de Mislata, instruyó el procedimiento Abreviado con el número 54/2.012, contra Gabriel , Bárbara y Paulino , y una vez decretada la apertura del Juicio Oral, lo remitió a la Audiencia Provincial de Valencia (Sección 4ª, rollo 54/2012) que, con fecha veintiocho de Diciembre dos mil doce, dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:
"PRIMERO.- Gabriel , mayor de edad, con DNI nº NUM000 sin antecedentes penales, actuando como administrador único de la mercantil GOYIPREN ASESORES S.L., con C.I.F. nº B97296792 cuyo objeto social es el asesoramiento fiscal, financiero, laboral y contable; la actividad inmobiliaria y la de gestoría, suscribió el día 5 de diciembre de 2007 con la entidad RESTAURACIÓN DE FACHADAS TORREMAR S.L., un contrato con opción de compra sobre un solar sito en Mislata (Valencia) c/ CALLE000 nº NUM001 siendo el plazo para el ejercicio de la opción de tres meses desde la firma del mismo y el precio del solar de 1.200.000 euros. El día 5 de marzo de 2008 -último día del plazo para el ejercicio de la opción-, las partes suscribieron un nuevo documento por el que se ampliaba el plazo para el ejercicio de la opción de compra hasta el día 8 de abril de 2008 sin que se ejercitase la opción de compra.
El día 30 de abril de 2008, FACHADAS TORREMAR S.L., concedió de nuevo una opción de compra a GOYIPREN ASESORES S.L. hasta el día 15 de mayo de 2008 sin que est
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