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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 80/2014, de 11 de febrero. Recurso 10839/2013

Ponente: CARLOS GRANADOS PEREZ
SP/SENT/753400
Gestión Documental
 Resulta probado que se defraudó al perjudicado para que entregase una cantidad que entendía iba a ser destinada a la adquisición de una vivienda habitual, lo que ratifica la condena de la instancia hacia el acusado
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 La gravedad de los hechos al privar al perjudicado del dinero y el acceso a una vivienda, además de la cuantía de lo defraudado hacen que la individualización de la pena de prisión resulte proporcionada
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 No puede dudarse de que en el supuesto concurren todos los requisitos para aplicar la condena por el delito de estafa
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 El tipo de delito castigado hasta con 6 años de prisión, impide apreciar en el supuesto la prescripción alegada por el acusado al no haber transcurrido los 10 años que marca la ley
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 La ausencia de la fecha de extinción de otras condenas previas del acusado impiden conocer el momento de cancelación de los antecedentes, y por ello no procede aplicar la agravante de reincidencia
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ANTECEDENTES DE HECHO
1.- El Juzgado de Instrucción número 5 de San Cristóbal de la Laguna instruyó Procedimiento Abreviado con el número 11/2003 y una vez concluso fue elevado a la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife que, con fecha 11 de julio de 2013, dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: " PRIMERO.- Con fecha veintiuno de enero de 2.000, estando interesado en la compra de un inmueble para ubicar en él la vivienda habitual de él y su familia, pues hasta entonces residían en un domicilio en régimen de alquiler, Luis Carlos , concertó mediante documento privado con el acusado Paulino , mayor de edad y ejecutoriamente condenado por Sentencia de 7 de abril de 1997 , firme el día 1 de septiembre de 1.997 dictada por el Juzgado de Penal nº 2 de esta capital en el procedimiento abreviado 335/1997 como autor criminalmente responsable de un delito de apropiación indebida y de un delito de estafa, a la pena por cada uno de ellos de seis meses de arresto mayor, interviniendo en su condición de administrador único de la entidad mercantil Canarias de Inversiones y Subastas, S.L., cuya oficina, coincidente con su domicilio social, se encontraba sita en la calle San Francisco nº 4, 4º Izquierda, de Santa Cruz de Tenerife, la compra del inmueble descrito como "finca registral NUM000 , tomo NUM001 , libro NUM002 , del Registro de la Propiedad nº 1 de la La Laguna, sita entre las CALLE000 y DIRECCION000 , EDIFICIO000 , NUM003 NUM004 , de la Laguna, cuya subasta judicial se estaba
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