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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 379/2014, de 8 de mayo. Recurso 1402/2013

Ponente: ALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
SP/SENT/767372
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 Los documentos aportados al proceso confirman las operaciones jurídicas llevadas a cabo por el acusado para la construcción de unas viviendas que no llegaron a construirse ocasionando perjuicios a las víctimas, que el acusado conocía
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 El engaño que determina la comisión del delito de estafa viene dado por el conocimiento que el acusado tenía sobre la concesión de las licencias y que no fue puesto en conocimiento de las víctimas, habiendo provocado el desplazamiento patrimonial
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 Concurren las agravaciones de vivienda habitual además de la agravación en función de la cuantía defraudada, pues cada una de las víctimas abonaron una cifra superior a los 50.000 euros
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ANTECEDENTES DE HECHO
1.- El Juzgado de Instrucción número 1 de Denia instruyó Procedimiento Abreviado 8/09, por delito continuado de estafa contra Bartolomé y otro, y lo remitió a la Audiencia Provincial de Alicante cuya Sección Segunda dictó en el Rollo de Sala 97/10 sentencia con fecha 2 de mayo de 2013 , con los siguientes hechos probados:
"A).- El 19 de Julio de 2004, el acusado Bartolomé , mayor de edad y si antecedentes penales, en su calidad de administrador de la mercantil "Michael Wilfert, Oasis Verde, S.L., vendió a los señores Raúl (sic) y Piedad , ingleses de avanzada edad, una vivienda unifamiliar a construir sobre una parcela de unos 300 metros cuadrados, con una superficie total de 138,63 metros cuadrados, integrada en un complejo residencial con elementos comunes, tales como piscina, en la localidad de Sagra, por el precio de 222.560 euros, IVA incluido, de los que los compradores pagaron, además de los 8.000 euros entregados en Mayo de 2.004 en concepto de reserva, otros 36.512 euros, de acuerdo con un calendario de pagos que también preveía el de 66.768 euros "a la obtención de licencia de urbanización o de obra". Con fecha 18 de Abril de 2005, el acusado remitió una carta a los compradores comunicándoles que había obtenido la licencia de urbanización, a pesar de que no había obtenido dicha licencia, junto con una factura por importe de 66.768 euros, que los Sres. Raúl Piedad abonaron.
La sociedad vendedora nunca obtuvo licencia de
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