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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Valencia, Sec. 1.ª, 218/2014, de 5 de junio. Recurso 3/2014

Ponente: JESUS MARIA HUERTA GARICANO
SP/SENT/772358
Gestión Documental
 El promotor contrata la construcción de una vivienda sabiendo que no va a cumplir con sus obligaciones, e iniciando la solicitud de licencia para que parezca que tiene intención de cumplir: hay engaño propio de la estafa
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 Para ser aplicable la agravación de la estafa por recaer en vivienda habitual, es necesario afirmar el destino de la misma, cosa que no sucede en este caso
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- En sesión que tuvo lugar el día 2 de junio de 2014 se celebro ante este Tribunal juicio oral y público en la causa instruida con el numero 000015/2012 por el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCION NUMERO 2 DE LLIRIA , practicándose en el mismo las pruebas propuestas por las partes que habían sido admitidas.
SEGUNDO.- El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas califico los hechos como constitutivos de un delito Estafa, de los artículos 248 y 250.1-1 ª y 5 ª y 2 del Código Penal , del que el acusado fue reputado responsable como autor, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, solicitando la imposición de una pena de 6 años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 18 meses con una cuota diaria de 10€ (con la responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas insatisfechas, que sólo procederá si las penas de libertad impuestas no exceden de 5 años). Pago de costas.
Por vía de responsabilidad civil, procede:
-Declarar la nulidad del contrato de 16 de septiembre de 2006 de compromiso de venta con Maite .
-Asimismo la mercantil VIRTUS VERITAS SL, sin perjuicio de la responsabilidad civil también directa del acusado, indemnizará a Maite en la cantidad de 78.000 euros, cantidad que devengará el interés estable
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