TS, Sala Primera, de lo Civil, 256/2015, de 20 de mayo
SP/SENT/819463
Recurso 1686/2013. Ponente: SEBASTIAN SASTRE PAPIOL.
Doctrina de equivalencia de resultado o falta de efecto útil del recurso, al conducir este a idéntica solución que la sentencia recurrida, los otorgantes del usufructo a favor del padre se obligaron en título constitutivo, deben otorgar poder a este
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Escritura de usufructo vitalicio y gratuito de 50% acciones, no comunicar a usufructuario la prescripción alegada va contra actos propios, reconocimiento implícito del derecho remunerando beneficios por mitad de acciones, usufructuario nunca renunció
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ANTECEDENTES DE HECHO
Tramitación en primera instancia
1. El procurador D. Alfonso de Murga y Florido en nombre y representación de D. Belarmino , formuló demanda de procedimiento ordinario contra D. Juan Manuel , D. Marco Antonio , D. Alfredo , Dª Brigida y Dª Coral , en la que suplicaba lo siguiente: " [...] dicte sentencia por la que, estimando íntegramente la demanda, se hagan los pronunciamientos siguientes:
a. Declarar que el demandante, D. Belarmino , ostenta un derecho de usufructo, con carácter vitalicio, sobre 146.034 (sic) acciones de la mercantil El Enebro S.A. propiedad de sus hijos D. Juan Manuel , D. Marco Antonio , D. Alfredo , Dª Brigida y Dª Coral , enumeradas e identificadas en los Documentos números 19 y 22 de esta demanda, y que son concretamente los siguientes:
- De D. Juan Manuel , 20.862 acciones, numeradas de la 62.590 a la 83.451, ambas inclusive.
- De D. Marco Antonio , 20.862 acciones, numeradas de la 146.45 a la 1266.906, ambas inclusive.
- De D. Alfredo , 20.862 acciones, numeradas de la 187.771 a la 208.632, ambas inclusive.
- De Dª Brigida , 20.862 acciones, numeradas de la 229.498 a la 250.359, ambas inclusive.
- Y de Dª Coral , 20.862 acciones, numeradas de la 271.225 a la 292.086, ambas inclusive.
b. Declarar la obligación de los codemandados de
conferir a D. Belarmino , cada uno de ellos, poder con carácter irrevocable para ejercer en su nombre los derechos políticos correspondientes a las acciones a que se refiere el pronunciamiento a) anterior de que cada uno de ellos es nudo propietario, pudiendo en su virtud, en nombre del respectivo poderdante, asistir y votar en las Juntas Generales, Ordinarias o Extraordinarias, de El Enebro, S.A., así como pedir su convocatoria, impugnar los ac