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Inmobiliario: Compraventa y Arrendamientos Urbanos

AP Murcia, Sec. 3.ª, 413/2015, de 9 de octubre. Recurso 43/2015

Ponente: AUGUSTO MORALES LIMIA
SP/SENT/831224
Gestión Documental
 El acusado, administrador de la mercantil en el momento de los hechos, hipotecó la propiedad del inmueble en su propio beneficio después de vender tres partes de la misma, lo que configura la estafa impropia del art. 251.2 CP
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero.- Se aceptan los de la sentencia apelada como relación de trámites y antecedentes del procedimiento.
Segundo.- El relato de hechos probados de la sentencia de instancia dice: "Que la mercantil Inversiones Aldaba Mediterráneo SL, constituida al 50% entre Leandro y Jose Miguel , padre, con DNI número NUM000 , era propietaria de la parcela rústica sita en término de Archena, Paraje de las Yeseras, Manzana Quinta, con una superficie total de 95 áreas y 3 centiáreas, finca inscrita en el registro de la Propiedad de Archena (anteriormente de Mula), inscrita en el tomo NUM001 del archivo, libro NUM002 , folio NUM003 , finca número NUM004 , 5ª libre de cargas, gravámenes, inquilinos y ocupantes.
Con intención de realizar una inversión inmobiliaria, Alejo , mayor de edad, con DNI número NUM005 , y sin antecedentes penales, junto con " Teofilo , Luis Andrés y Jose Miguel , hijo, nacido en NUM006 de 1987, con DNI número NUM007 , en quien coincidían nombre y apellidos con su padre, y aconsejados por este último, decidieron adquirir dicha finca, si bien no lo hicieron a través de ninguna de las sociedades en las que figuraban como socios.
De esta manera, entre todos decidieron que la finca descrita sería adquirida por Alejo como Gerente de la mercantil "Monte Quiles SL" y para esta mercantil, con el dinero que pagarían entre los cuatro: Alejo , Teofilo , Luis Andrés , y Jose Miguel , hijo, en la misma f
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