No es posible invocar la sentencia penal que absolvió al inculpado de conducir bajo los efectos del alcohol, por lo que civilmente el sujeto responderá de los daños causados
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Para que se considere extinguido el contrato de seguro, no basta con la comunicación al FIVA, es necesaria la comunicación al asegurado por escrito, por lo que el seguro se encuentra en vigor al tiempo de accidente
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