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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

AP Madrid, Sec. 10.ª, 436/2008, de 12 de junio. Recurso 503/2007

Ponente: ANA MARIA OLALLA CAMARERO
SP/SENT/174628
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 Estar la actora en el recinto donde su nieto estaba jugando, sabiendo el eventual peligro de que el balón que le rompió las gafas saliera del mismo, reduce la condena a pagárselas en un 40 % por concurrir su culpa
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ANTECEDENTES DE HECHO
La Sala acepta y da por reproducidos los antecedentes de hecho de la resolución recurrida.
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia Nº 54 de Madrid, en fecha 18 de Enero de 2.007, se dictó Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: FALLO:
"Estimo la demanda presentada por Doña Soledad contra Doña María Teresa a que abone a Doña Soledad la cantidad de QUINIENTO DIECIOCHO EURO más los intereses legales de esa cantidad, desde el día 4 de octubre de 2006 hasta la firmeza de la Sentencia, y los intereses previstos en le artículo 576 desde la firmeza de la sentencia hasta su completo pago, todo ello con expresa imposición de costas a la parte demandada."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso Recurso de Apelación por la parte demandada. Admitido el Recurso de Apelación en ambos efectos, se dio traslado del mismo a la parte apelada. Elevándose los Autos ante esta Sección, para resolver el recurso.
TERCERO.- Por Providencia de esta Sección, de fecha 5 de Junio de 2.008, se acordó que no era necesaria la celebración de vista pública, quedando en turno de señalamiento para la correspondiente deliberación, votación y fallo, turno que se ha cumplido el día 9 de Junio de 2.008.
CUARTO.- En la tramitación del presente procedimiento han sido observadas en ambas instancias las prescripciones legales.
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