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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 1225/2009, de 14 de enero. Recurso 2927/2001

Ponente: ENCARNACION ROCA TRIAS
SP/SENT/446864
Gestión Documental
 La inimputabilidad excluye la responsabilidad penal pero subsiste la civil con el mismo tratamiento que la derivada de delito
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 Aplicación de la doctrina de 15 años de prescripción en las acciones de responsabilidad civil por daños derivados de hechos tipificados como delito
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. Ante el Juzgado de Primera Instancia número 3 de Roquetas de Mar .- , interpuso demanda de juicio ordinario de menor cuantía, Dª. Olga , y D. José , contra D. Mariano y su esposa Dª Aurora , y D. Cosme y su esposa Dª Elvira , en reclamación de cantidad. El suplico de la demanda es del tenor siguiente: ".... se dicte sentencia por el Juzgado en la que se condene a los demandados a indemnizar a la parte actora, como resarcimiento, la cantidad de VEINTICINCO MILLONES DE PESETAS (25.000.000 ptas.), más intereses legales desde el momento de los hechos de forma solidaria, con imposición de las costas del procedimiento".
Admitida a trámite la demanda fueron emplazados los demandados, alegando la representación de D. Mariano y Dª. Aurora , los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación al caso, para terminar suplicando: "... se dicte Sentencia por la que bien estimando la excepción alegada por esta parte o entrando en el fondo del asunto, absuelva a mis representados de la indemnización de las pretensiones de la parte actora y con expresa condena en costas para con la misma, y subsidiariamente, para el caso de que se estimase que corresponde una indemnización esta se fije fora (sic) pondera y ajustada a derecho".
La representación de Dª Elvira alegó los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación al caso y terminó suplicando: "... se dicte por la que se estime la excepción alegada, o bien entrando
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