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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

AP Baleares, Sec. 4.ª, 311/2015, de 13 de octubre. Recurso 276/2015

Ponente: MIGUEL ALVARO ARTOLA FERNANDEZ
SP/SENT/832470
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 Al sobresalir dichos soportes a ras del suelo de las paredes de los toldos que cierran el recinto del establecimiento crean un riesgo que hace responder a la empresa por las lesiones por la caída de la viandante
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La sentencia dictada por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número 22 de Palma en fecha 23 de abril de 2015 en los presentes autos de juicio ordinario en ejercicio de acción de reclamación de cantidad, seguidos con el número 826/14, de los que trae causa el presente rollo de apelación, acordó en su Fallo lo que se transcribirá:
"Que, estimando íntegramente la demanda, debo condenar y condeno a las demandadas, solidariamente, pagar a la actora la cantidad de 11.024,56 euros más, en lo que a la aseguradora concierne, intereses devengados conforme al art. 20 de la Ley de Contrato de Seguro .
Se imponen a las codemandadas las costas del juicio."
SEGUNDO.- Contra la anterior resolución se interpuso recurso de apelación que correspondió a esta Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Baleares. Dicho recurso fue instado por la representación procesal de LIBERTY SEGUROS y la mercantil BAHÍA MALLORQUINA, S.L., y se fundó en las alegaciones que se resumirán:
El Fundamento de Derecho Segundo de la referida Sentencia, recoge que "La prueba testifical acredite que se produjo la caída como consecuencia del tropiezo con la barra sustentadora de la estructura propiedad de Bahía Mallorquina, S.L." Y es en base a dichas testificales, que como bien recoge la Sentencia, son parientes directos de la actora, mediante la que se acredita la caída, seg
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