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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

AP Murcia, Cartagena, Sec. 5.ª, 215/2016, de 2 de noviembre. Recurso 300/2016

Ponente: JOSE FRANCISCO LOPEZ PUJANTE
SP/SENT/880963
Gestión Documental
 Acreditado que la cliente resbaló al pisar una sustancia deslizante que estaba en el suelo, la titular del comercio es la que debe lograr su exoneración de responsabilidad
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 Se estima la necesidad de las sesiones de rehabilitación en un clínica privada pero no la necesidad de la resonancia magnética, como parte de los daños a resarcir por la caída en establecimiento público
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ANTECEDENTES DE HECHO
Primero : Por el Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Cartagena en los referidos autos, tramitados con el nº 428/2015, se dictó sentencia con fecha7 de abril de 2016 en la que se estimaba parcialmente la demanda interpuesta, condenando a las demandadas a que de forma solidaria abonen a la demandante la cantidad de 5.993'04 euros, más intereses legales desde la fecha del acto de conciliación respecto de una de las codemandadas y sin hacer expresa declaración en cuanto al pago de las costas causadas.
Segundo : Contra dicha sentencia, se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de las codemandadas, exponiendo por escrito y dentro del plazo que al efecto le fue conferido, la argumentación que le sirve de sustento. Del escrito de interposición del recurso se dio traslado ala demandante, emplazándole por diez días para que presentara escrito de oposición al recurso o, en su caso, de impugnación de la resolución apelada en lo que les resultara desfavorable, dentro de cuyo término, presentó escrito de oposición al recurso e impugnación, confiriendo traslado de este último a las demandadas, que se opusieron al mismo. Seguidamente, previo emplazamiento de las partes por término de treinta días, fueron remitidos los autos a este Tribunal, donde se formó el correspondiente rollo de apelación, con el núm. ya citado, que ha quedado para sentencia sin celebración de vista, tras señalarse el día 25 de octubre de 2016 para su votación y fallo.
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