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Responsabilidad Civil, Seguro y Tráfico

AP Baleares, Sec. 3.ª, 375/2016, de 23 de noviembre. Recurso 411/2016

Ponente: CARLOS GOMEZ MARTINEZ
SP/SENT/881878
Gestión Documental
 Responde el titular del establecimiento de los daños por la caída por que había dos charcos de agua ocasionados por el riesgo de las plantas que se exhibían para su venta
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado de Primera Instancia número 18 de Palma de Mallorca, se dictó sentencia en fcha 31 de mayo de 2016 , cuyo fallo es del tenor literal siguiente: "Que estimo, parcialmente, la demanda planteada por la representación procesal de don Fausto contra la compañía mercantil denominada "FRONDA CENTROS DE JARDINERÍA, S.L." y, por ello, debo condenar y CONDENO a la parte interpelada a que abone al actor, en concepto de la indemnización que ha sido objeto de este pleito, el importe de SEIS MIL OCHOCIENTOS DOCE EUROS CON SESENTA CÉNTIMOS DE EURO (6.812'60.-€;). Asimismo, le condeno al pago de los intereses legales de dicho importe desde la fecha de la interpelación judicial y al pago de los intereses ejecutorios previstos en el artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil ".
SEGUNDO.- Contra la expresada sentencia, y por la representación de la parte demandada, se interpuso recurso de apelación, que fue admitido y seguido el recurso por sus trámites se señaló para votación y fallo el 14 de noviembre de 2016.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Se aceptan los de la resolución dictada en anterior grado jurisdiccional mientras no se opongan a los que siguen.
PRIMERO.- El presente proceso se refiere a la caída sufrida por el actor don Fausto el 20 de noviembre de 2013 cuando caminaba por el interior del centro de jardinería regentado por la demandada y a consecuencia de la cual sufrió daños corporales por los cuales solicita una indemnización.
La sentencia de primera instancia entiende que de la caída es responsable en un 80% la demandada, y rebaja la cuantificación de las secuelas recabada en primera instancia, por lo que estima en parte la pretensión indemnizatoria ejercitada.
Dicha sentencia constituye el objeto de la presente apelación al haber sido recurrida por la parte demandada cuya dirección letrada, en el escrito de interposición del recurso, aduce como motivos en los que funda este, en síntesis, los siguientes:
a) El día de autos había llovido, como se infiere de la información proporcionada por la Agencia Estatal de Meteorología.
b) El lugar en el que sucedió la caída es el de las plantas de exterior.
c) El actor resbaló por no prestar la debida atención.
d) La empleada de la demandada declaró en la vista que había carteles que advertían del suelo mojado.
e) Aunque el perito de la demandante s
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