Asesor Fiscal
SP/DOCT/22826
Preguntas y Respuestas. Mayo 2017
¿Está exenta la indemnización que trae causa en la terminación de un contrato temporal?
Departamento Jurídico de Sepín Fiscal
Únicamente se considera indemnización exenta aquella percibida con carácter obligatorio, de conformidad con el Estatuto de los Trabajadores, siendo preciso para tal fin que la causa de la misma sea el despido o el cese del trabajador, al ser estos los supuestos en los que, de acuerdo con la normativa laboral, el trabajador tiene derecho a una indemnización. Por el contrario, en los casos en que el trabajador perciba la indemnización por causas distintas, aunque también exista un derecho a su percepción, no se considerará una renta exenta.