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Asesor Fiscal

AN, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 7.ª, de 17 de septiembre de 2012. Recurso 192/2011

Ponente: JAIME ALBERTO SANTOS CORONADO
SP/SENT/690401
Gestión Documental
 El error en la fecha de la providencia no constituye el vicio de incongruencia propiamente dicho, sino que se trata de un simple error padecido por el TEAC, susceptible de ser corregido a través de impugnación
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 La constancia de que la suspensión solicitada fue desestimada de forma expresa hace que no pueda entenderse que la ejecutividad del acto inicialmente impugnado haya estado suspendida en ningún momento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO: El presente recurso contencioso-administrativo se interpone por la representación procesal mencionada, contra la Resolución del TEAC de fecha 24 de febrero de 2.011 (RG 2359 y 2360/2010), que desestimó la reclamación económico administrativa formulada contra Acuerdo de 25 de marzo de 2.010, de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la AEAT, por el que se desestimó el recurso de reposición interpuesto contra providencia de apremio (liquidación A0895008030000304), por importe de 7.078.777,67 €, de los que 1.179.796,28 € corresponden al recargo de apremio; y contra Acuerdo de 29 de marzo de 2.010, de la misma Delegación, por el que se desestimaba el recurso de reposición interpuesto contra liquidación de intereses de demora dictada el 23 de febrero de 2.010, en cuantía de 377.049,96 €.
SEGUNDO: Presentado el recurso, se reclamó el expediente administrativo y se dio traslado de todo ello a la parte actora para que formalizara la demanda, la cual expuso los hechos, invocó los fundamentos de derecho que consideró oportunos y terminó por suplicar que se dicte sentencia por la que, estimando el recurso, se anule la resolución impugnada, así como los actos administrativos de los que trae causa.
TERCERO: Formalizada la demanda, se dio traslado al Abogado del Estado para que la contestara, el cual expuso los hechos y fundamentos de Derecho pertinentes y suplicó se dictara sentencia desestimando el recurso y confirmando
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