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Asesor Fiscal

AP Barcelona, Sec. 13.ª, 574/2013, de 29 de octubre. Recurso 663/2012

Ponente: MARIA DELS ANGELS GOMIS MASQUE
SP/SENT/740584
Gestión Documental
 Acreditada la existencia del contrato de alquiler, es el inquilino quien debe probar el abono de las rentas devengadas
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 Aunque efectivamente el inquilino contractualmente se obligara al abono del IBI y gastos de Comunidad, al no acreditar el arrendador su importe, no se le pueden reclamar
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La parte dispositiva de la Sentencia apelada , es del tenor literal siguiente: "FALLO: ESTIMO PARCIALMENTE la demanda presentada a instancia de FARADI Promotora de Proyectos SL frente a D. Jose Daniel y Dª Isabel .
No acuerdo la resolución del contrato de arrendamiento entre las partes sobre la finca urbana sita en c/ DIRECCION000 nº NUM000 NUM001 de Viladecans, ni condeno a los codemandados a abonar las cantidades reclamadas.
ACUERDO, sin más trámite, el desahucio sobre la finca sita en c/ DIRECCION000 nº NUM000 NUM001 de Viladecans, propiedad de FARADI Promotora de Proyectos SL. D. Jose Daniel y Dª Isabel han de abandonar la vivienda dejándola libre, vacía y expedita a disposición de la propietaria. Se fija como fecha para el lanzamiento el día 5 de junio de 2012.
Cada parte ha de abonar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad."
SEGUNDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte actora mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria ; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial, .
TERCERO.- Se señaló para votación y fallo el día 16 de octubre de 2013 .
CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª.
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