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Asesor Fiscal

TSJ Castilla y León, Valladolid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 3.ª, 226/2016, de 15 de febrero. Recurso 1303/2014

Ponente: FRANCISCO JAVIER ZATARAIN VALDEMORO
SP/SENT/845505
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 Al no tenerse por notificada la providencia de apremio, la diligencia de embargo es nula
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Interpuesto y admitido a trámite el presente proceso y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, con base en los hechos y fundamentos de derecho que se tuvieron por convenientes, solicitó de este Tribunal que se dictase sentencia por la que estimando íntegramente esta demanda se anule la resolución de 31 de julio de 2014 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León recurrida y sea eximida de la devolución del importe de la ayuda al estudio que había recibido para el curso 2007-08.
SEGUNDO.- En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal se dictase sentencia que desestimase las pretensiones contenidas en el escrito de demanda.
Mediante decreto de 27 de mayo de 2015, se fijó la cuantía de este recurso en 7.5.27,34 €.
TERCERO.- El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.
CUARTO.- Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones, se evacuó el trámite por ambas y se señaló para votación y fallo el día 11.02.2016.
QUINTO.- En la tramitación de este proceso se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos fijados por el legislador, por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.
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