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Asesor Fiscal

AP Barcelona, Sec. 4.ª, 580/2015, de 17 de diciembre. Recurso 162/2015

Ponente: JORDI LLUIS FORGAS FOLCH
SP/SENT/848744
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 Al no estar determinado el importe de la tasa de basuras ni las cuotas comunitarias reclamadas no se condena a su pago a la parte arrendataria
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 Condena al pago de la renta pendiente hasta el reintegro de la propiedad al arrendador sin el concierto de nuevo arrendamiento por el arrendatario acredite que en dicha fecha se entregaron las llaves
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 No procede la compensación de la deuda arrendaticia con el importe de la fianza ya que no se trata de cantidades vencidas y exigibles hasta que no se dicta la presente resolución
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. La parte dispositiva de la resolución apelada es del tenor siguiente: "" Que estimando parcialmente la demanda formulada por debo condenar y condeno a la demandada a que pague al actor la cantidad de 375 euros más el interés legal devengado desde la interposición de la demanda, no se hace expresa condena en cuanto a las costas "".
SEGUNDO. Contra la anterior resolución interpusieron recurso de apelación e impugnación las referidas litigantes. Admitido en ambos efectos se dio traslado a la contraparte, que presentó escrito impugnándolo, tras lo cual se elevaron las actuaciones a esta Sección de la Audiencia Provincial, que señaló votación y fallo para el día diecisiete de noviembre pasado.
Actúa como ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. JORDI LLUÍS FORGAS FOLCH.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
1.- La sentencia de la primera instancia que ahora recurren las partes litigantes, Octavio , el actor, y, Agustina , la demandada, estimó en parte la demanda en la que se reclamaban 3.184,09 euros (875 euros por rentas debidas y no pagadas, 769,57 euros por tasas de basura no satisfechas así como 1.511,52 euros en concepto de cuotas comunidad de propietarios impagadas) y condenó a la parte demanda al abono de la cantidad de 375 euros. La reclamación que efectuó la parte actora parte del contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Pineda de Mar, c/ DIRECCION000 , NUM000 - NUM001 , NUM002 / NUM002 , suscrito en fecha 15 de mayo de 2008 entre las partes litigantes.
2.- La referida sentencia señaló que la renta mensual ascendía a la cantidad de 500 euros que la demandada venía obligada a satisfacer dentro de los cinco primeros días de cada mes así como que la parte actora reclama 875 euros en concepto de rentas impagadas (375 euros de rentas correspondientes al mes de abril de 2013 y 500 euros correspondientes al mes de mayo del mismo año) ya que entiende que el contrato finalizaba el 14 de mayo de 2013 y, por tanto, la demandada debía parte de las rentas de abril y la totalidad de las de mayo.
3.- En el documento núm. 1 de la contestación consta la entrega de llaves de la vivienda alquilada por parte de la actora a un representante de la comunidad. En el doc. 2 de la contestación consta un contrato de arrendamiento firmado por la demandada en
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