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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 82/1996, de 10 de febrero de 1997. Recurso 532/1993

Ponente: ALFONSO BARCALA TRILLO-FIGUEROA
SP/SENT/349555
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 No hay incongruencia en la sentencia que determina la condena de la sociedad a abonarle al socio, cuyo derecho a separarse se declara, la liquidación correspondiente a su participación social
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 La sentencia no puede crear una obligación a la sociedad pues no es fuente de ello, y el derecho de separación voluntaria no existe ni le asiste al socio en los términos solicitados
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 Ningún socio está obligado a permanecer en la sociedad y para ello existe un procedimiento y una transmisión de participaciones pero no un obligación forzosa de adquirirlas de quien unilateralmente se separa
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- 1. La Procuradora Dña. María Teresa Fernando Iglesias, en nombre y representación de D. J. A. P. A. formuló demanda de juicio declarativo de menor cuantía, contra: la entidad mercantil denominada Herpitrans, S.L., en la persona de su representante legal, contra D. R. A. P. A., D. A. P. A., D. V. P. A., y D. I. P. A., en la que tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó suplicando se dictara sentencia por la que: PRIMERO.- Se declaren como no celebradas con los requisitos legales preceptivos las Asambleas generales Ordinarias de la sociedad Herpitrans, S.L., referidas a los ejercicios contables de los años naturales 1986, 1987, 1988 y 1989, y, por ello, no aprobar legalmente las cuentas sociales de referidas anualidades. SEGUNDO.- Que se declare que los Administradores de la entidad demandada Herpitrans, S.L., D. Rogelio-Amador y D. A. P. A. han incumplido con las obligaciones estatutarias y legales que sobre convocatorias de Asambleas generales Ordinarias les obligaban los estatutos sociales y la legalidad supletoria. TERCERO.- Que se declare la incompatibilidad de D. R. A. P. A. para ser Administrador de Herpitrans, S.L. por ocupar el mismo cargo en entidad jurídica con intereses opuestos. CUARTO.- Que se declare que D. Alejandro y D. R. A. P. A. están incursos en las causas de separación de su cargo de administradores Herpitrans, S.L., ambos por el incumplimiento de sus obligaciones estatutarias y legales, y el segundo, además, por serlo de otra entidad
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