CARGANDO...

Mercantil y Concursal

DGRN/DGSJFP, de 1 de febrero de 2008

Ponente: Pilar Blanco-Morales Limones
SP/SENT/521118
Gestión Documental
 En caso de concurso necesario se suspenden las facultades de administración y disposición de la concursada, pero exclusivamente los de contenido patrimonial
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 No se puede denegar por tanto la inscripción en el Registro mercantil de la escritura de protocolización de los acuerdos sociales y de aceptación de los cargos porque no se puede cesar al Consejo de administración de Forum Filatélico
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 Se trata pues de intentar a toda costa que no se produzca la acefalia de la sociedad dejando a los administradores sociales la adopción de medidas que la eviten incluso en caso de concurso
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 El administrador concursal no fue nombrado según los estatutos de Fórum y actuó ilegalmente cuando suspendió la junta general y por ello los acuerdos sociales adoptados no son inválidos
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 Las medidas judiciales atribuyen indiscutidamente la administración de Fórum a la administración concursal y además el cierre registral admite sólo la excepción de que no se presentaran las cuentas
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 En el Registro fue cancelada tanto la inscripción del administrador judicial como la de los miembros del Consejo de administración de Fórum al existir administradores concursales
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 La convocatoria de la Junta es un acto de administración y por razones de seguridad jurídica corresponde únicamente a la Administración concursal
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 No se considera que exista acefalia en la sociedad y por ello no se considera que deban recuperar las facultades los consejeros cesados porque existe la administración concursal
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 En el caso de Fórum pretender que dirija la Junta el Presidente del Consejo de administración judicialmente removido de su cargo, motivó la suspensión de la Junta
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ANTECEDENTES DE HECHO
I
El día 14 de agosto de 2007, con número de entrada 001 se presenta en el Registro Mercantil de Madrid una escritura autorizada el 25 de julio de 2.007 por el Notario de Madrid don Jesús, de elevación a público de acuerdos sociales de nombramiento de administradores, miembros del Consejo de Administración, de «Forum Filatélico S.A.», con designación de cargos dentro de dicho Consejo, que recayeron en don Juan, don Carlos, don Fernando, don Miguel, don Oscar y don Javier.
Antes de reseñar la calificación registral objeto de este recurso, deben ser detalladas las siguientes circunstancias del presente caso:
La sociedad Forum Filatélico S.A. fue, en primer término, sometida a intervención judicial por resolución del Juzgado de Instrucción n.º 5 de Madrid –Audiencia Nacional-de fecha 12 de mayo de 2.006, en relación a las Diligencias Previas 001 seguidas en dicho Juzgado, designándose un Administrador Judicial, que fue inscrito en el Registro Mercantil de Madrid el 25 de mayo del citado año (Inscripción 001). Posteriormente, por Auto 001 de 22 de junio del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid se acordó dejar sin efecto la Administración Judicial, y declarar en concurso necesario a la sociedad Forum Filatélico S.A., suspendiendo al deudor en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por los Administradores Concursales.
En la
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