CARGANDO...

Mercantil y Concursal

AP Zaragoza, Sec. 5.ª, 17/2012, de 24 de enero. Recurso 751/2011

Ponente: ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
SP/SENT/662447
Gestión Documental
 La LSP exige que las 3/4 partes del capital social y de los derechos de voto los ostenten los socios profesionales y si éstos desaparecen se incurre en causa de disolución si no regularizan la situación en tres meses
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Dada la especial naturaleza de las sociedades profesionales, cuando éstas se constituyen por tiempo indefinido, el derecho a la separación ad nutum depende sólo de que se ejercite de buena fe
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 El ejercicio del derecho de separación de los dos socios y la constitución de otra sociedad con mismo objeto social catorce días después y sin motivo alguno demuestra la mala fe en el ejercicio del derecho de separación
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 La eficacia del ejercicio del derecho de separación es desde el momento en que se notifica a la sociedad, remitiéndose para el reembolso al sistema específico del haber social del socio que se separa de la LSC
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Tras la declaración de nulidad del ejercicio del derecho de separación de los demandados no se acepta el criterio de acudir a la cuota de liquidación puesto que si hubieran actuado de buena fe ésta no se hubiera dado
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 El método utilizado por el auditor que actuó como perito para calcular el valor del 6% del capital social del demandante es perfectamente razonables
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
El método utilizado por el auditor que actuó como perito para calcular el valor del 6% del capital social del demandante es perfectamente razonables
"... Y en el caso enjuiciado, la metodología empleada por el auditor que actuó como perito, es perfectamente razonable. Analiza toda la documentación contable que le ha sido facilitada por ambas partes. Pero, además, cuando observa discrepancias llamativas en determinadas valoraciones, realiza indagaciones para concretar el valor adecuado del activo correspondiente. Por ejemplo, en el supuesto del valor del inmueble de la sociedad. Efectúa un estudio proyectivo, mediante el método de "descuento de flujos libres de caja", de la sociedad, aplicando índices oficiales fiables (P.I.B., IPC y riesgo libre: bono español a 5 años). Y comprobando la fiabilidad de las informaciones puestas a su disposición.
Así da razón de su trabajo al contestar a las diversas aclaraciones que se le plantearon durante el juicio.
Por lo tanto, se puede concluir que el valor razonable del 6% del capital social del demandante es el de 44.955,83 euros. ..."
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida de fecha 28 de septiembre de 2011 cuya parte dispositiva dice: "Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Geronimo contra Proydel Soluciones de Arquitectura e Ingeniería S.L.P., Millán y Virgilio :
Debo declarar y declaro que el derecho de separación ejercitado por el demandante el 9 de noviembre de 2010 produce efectos inmediatos, debiendo condenarse a la sociedad demandada a abonarle el importe proporcional a sus participaciones, valoración que en su caso deberá efectuar un auditor designado por el Registro, no dando lugar al resto de pronunciamientos.
Todo ello sin hacer expresa condena en costas."
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia la parte demandante interpuso recurso de apelación y dado traslado a la parte contraria, se opuso, elevándose los autos a esta Sala donde se registraron al número de rollo arriba indicado, señalándose día para deliberación, votación y fallo el 16 de enero de 2012.
TERCERO.- En la tramitación de estos autos se han observado las prescripciones legales oportunas .
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos