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Mercantil y Concursal

AP Jaén, Sec. 2.ª, 354/2002, de 28 de octubre. Recurso 239/2002

Ponente: MARIA ELENA ARIAS-SALGADO ROBSY
SP/SENT/662458
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 No es causa de separación de la sociedad la modificación del régimen de transmisión de participaciones impuesta por la LSRL
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 La disolución de la sociedad se acordó cumpliendo con el régime de mayorías legal y no se impugnó sin embargo el acuerdo que denegaba la separación
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 No concurre responsabilidad individual del administrador pues el acuerdo de disolución legal no ha sido anulado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por dicho Juzgado y en la fecha indicada, se dictó sentencia que contiene el siguiente FALLO: "Que desestimando la demanda interpuesta por la Procuradora Dª. Ana María Chillaron Carmona, en nombre y representación de d. Paulino , contra D. Luis Andrés , debo absolver y absuelvo a dicho demandado de los pedimentos efectuados en su contra; todo ello con expresa imposición a la parte actora de las costas causadas en la tramitación del presente procedimiento".
SEGUNDO.- Contra dicha sentencia se preparó e interpuso por la representación del actor, en tiempo y forma, recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos por el Juzgado de Primera Instancia n° 1 de Andújar, presentando para ello escrito de alegaciones en el que basa su recurso en el error en la apreciación de la prueba e infracción de preceptos legales y la jurisprudencia que los interpreta, impugnando todos los pronunciamientos de la sentencia y solicitando la estimación íntegra de su demanda.
TERCERO.- Dado traslado a las demás partes del escrito de apelación, se presentó escrito de oposición por la representación de los demandados que solicitan la confirmación de la sentencia, remitiéndose por el Juzgado las actuaciones a esta Audiencia, en la que se formó el rollo correspondiente, quedando las actuaciones sobre la mesa para dictar la resolución oportuna.
CUARTO.- En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades
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