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Mercantil y Concursal

AP Ourense, Sec. 1.ª, 59/2013, de 14 de febrero. Recurso 635/2011

Ponente: ANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ
SP/SENT/714970
Gestión Documental
 Corresponde al socio que causa baja en la Cooperativa, además del reembolso social que se incluyan en el cómputo las reservas voluntarias repartibles, como disponen los Estatutos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 (antes mixto nº 7) de los de Ourense se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 2 de mayo de 2011 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: " FALLO : Que debo estimar y estimo parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Lucía Saco Rodríguez en la representación acreditada contra COSAGA y, condeno a la entidad COOPERATIVA SANITARIA DE GALICIA (COSAGA) al abono de 15.32,19 euros (cantidad ya abonada al actor) así como a los intereses legales de dicha suma desde el día 3 de abril de 2003, así como a la suma de los intereses legales. No se hace especial pronunciamiento en cuanto a las costas procesales."
Por auto de 30 de mayo de 2.011 se ha procedido a la rectificación de la sentencia dictada, cuya parte parte dispositiva es del tenor literal siguiente: PARTE DISPOSITIVA: Dispongo rectificar el error material manifiesto de la sentencia: en el fallo donde dice "así como los intereses legales de dicha suma desde el día 3 de abril de 2003 así como a la suma de los intereses legales", ha de decir " así como los intereses legales de 2.909,07 a calcular, respecto de la cantidad de 2.223 euros desde el día 3 de abril de 2003 hasta el día 3 de febrero de 2010 y los intereses legales de 646,07 euros desde el día 3 de abril de 2003 hasta el día 9 de marzo de 2010", permaneciendo intactos el resto de los pronunciamientos."
SEGUNDO.- Notific
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