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Mercantil y Concursal

AP Girona, Sec. 1.ª, 165/2016, de 21 de junio. Recurso 686/2015

Ponente: NURIA LEFORT RUIZ DE AGUIAR
SP/SENT/867798
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 Limitándose el control de rendición de cuentas a comprobar que las mismas reflejan de forma ordenada y detallada la labor realizada por la AC no procede entrar a valorar si se han pagado correctamente los créditos contra la masa para evitar aprobarla
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Juzgado Mercantil 1 Girona, en los autos Incidente concursal nº 75/2015, dimanante del procedimiento Concurso ordinario núm. 150/2009, seguidos a instancias del ABOGADO DEL ESTADO, en defensa y representación del FONDO DE GARANTÍA SALARIAL (FOGASA), contra la entidad GIROCLIMNA R22, S.L., y la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL, se dictó sentencia cuya parte dispositiva, literalmente copiada dice así: " DISPONGO: Desestimar íntegramente la pretensión formulada por el Abogado del Estado sustituto en defensa y representación de Fondo de Garantía Salarial, contra Giroclima R 22 S.L. y la administración concursal y en consecuencia debo declarar y declaro haber lugar a:
- Aprobar la cuenta final rendida por el administrador concursal.
- No ha lugar a declarar la conclusión del concurso de la mercantil Giroclima R 22 S.L. S.L., en tanto en cuanto no se cumplan escrupulosamente las exigencias legales.
Y ello sin expresa imposición de costas".
SEGUNDO.- La relacionada sentencia de fecha 18/5/15 , se recurrió en apelación por el Abogado del Estado en representación de FOGASA, por cuyo motivo se elevaron los autos a esta Audiencia y se han seguido los demás trámites establecidos en la LEC.
TERCERO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTO siendo Ponente la Iltma. Sra.
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