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Mercantil y Concursal

AP Álava, Sec. 1.ª, 241/2016, de 30 de junio. Recurso 268/2016

Ponente: MARIA MERCEDES GUERRERO ROMEO
SP/SENT/871575
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 Acordada la desaprobación de la rendición de cuentas efectuada por la administración concursal por pago de créditos contra la masa de vencimiento posterior a otro proceda la reordenación de los pagos que han de efectuarse para atender al vencimiento
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 No comunicada la insuficiencia del activo para pagar el pasivo procede el pago de los créditos contra la masa por el orden de su vencimiento, sin que se puedan anteponer otros fuera del régimen legal
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- Por el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Vitoria-Gasteiz se dictó sentencia cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:
"ESTIMANDO la demanda de oposición a la aprobación de la rendición de cuentas de la Administración concursal interpuesta por la TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL,
SE DESAPRUEBAN las cuentas presentadas por el Administrador Concursal Armando , condenando al mismo a reintegrar a la masa la suma de 4.647,82 euros que habrá de aplicar al pago de créditos contra la masa de vencimiento anterior conforme a lo explicado en la presente resolución.".
SEGUNDO.- Frente a la anterior resolución, se interpuso recurso de apelación por la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, recurso que se tuvo por interpuesto el 10-03-16y por D. Armando , en calidad de Administrador Concursal de FIERRO HIJOS, S.L., recurso que se tuvo por interpuesto el 23-03-16, dándose el correspondiente traslado a las contrapartes por diez días para alegaciones, presentándose por ambas partes escritos de oposición al recurso planteado de contrario, elevándose seguidamente, los autos a esta Audiencia Provincial con emplazamiento de las partes.
TERCERO .- Comparecidas las partes y recibidos los autos en la Secretaría de esta Sala, con fecha 12-05-16 se mandó formar el correspondiente Rollo de apelación, registrándose y turnándose la ponencia a la Ilma. Presidenta Dª Mercedes Guerrero R
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