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Mercantil y Concursal

AP Pontevedra, Sec. 1.ª, 509/2016, de 10 de noviembre. Recurso 640/2016

Ponente: MANUEL ALMENAR BELENGUER
SP/SENT/882476
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 Si el recurrente considera que la AC incurrió en negligencia por no formular determinadas reclamaciones que según su opinión estaban fundadas, el cauce adecuado no es oponerse a la rendición de cuentas sino ejercitar la acción de responsabilidad
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- En fecha 3 de junio de 2016 se pronunció por el Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Pontevedra, en el procedimiento de concurso de los que deriva el presente rollo de apelación, Auto cuya parte dispositiva, literalmente copiada, decía:
" Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por la representación de don Leandro , con imposición de costas a la demandada."
SEGUNDO .- La referida sentencia fue rectificada por auto de fecha 14 de junio de 2016, en el sentido de sustituir la expresión contenida en el fallo " con imposición de costas a la demandada ", por la expresión " con imposición de costas a la demandante ".
TERCERO .- Notificadas ambas resoluciones a las partes, por el demandante D. Leandro se interpuso recurso de apelación mediante escrito presentado el 6 de julio de 2016 y por el que, tras alegar los hechos y razonamientos jurídicos que estimó de aplicación, terminaba suplicando que, previos los trámites legales, se dicte resolución por la que, estimando el recurso, se estime la oposición a la rendición de cuentas y a la conclusión del concurso.
CUARTO .- Del referido recurso se dio traslado a la Administración concursal, que se opuso al mismo en virtud de escrito presentado el 18 de diciembre de 2015 y en virtud del cual interesó la desestimación del recurso, con expresa imposición de costas, tras lo cual con fecha 16 de agosto de 2
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