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Mercantil y Concursal

TS, Sala Primera, de lo Civil, 438/2018, de 11 de julio. Recurso 2343/2015

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/962581
Gestión Documental
 La franquiciadora incumplió el deber de informar a la franquiciada ex Art. 62.3 de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista. Ese incumplimiento le impide exigir a la franquiciada el cumplimiento de sus obligaciones y la resolución del contrato
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- La procuradora D.ª Ana María Alfayate Jimeno, en nombre y representación de Food Service Project S.L., interpuso demanda de juicio ordinario contra Mi Rancho en Ávila S.L., D. Gaspar y D. Luis , en la que solicitaba se dictara sentencia:
«[...] por la que con estimación total de la demanda:
» I. Declare conforme a Derecho la resolución operada por mi mandante en fecha 26 de julio de 2013 sobre el contrato de franquicia de autos.
» II. Condene a los demandados, Mi Rancho en Ávila, S.L., D. Gaspar y D. Luis , de manera solidaria al pago de:
» 1. Royalties, cánones de publicidad y gastos de devolución que constan como impagados, en la cantidad de 61.585'71€;.
» 2. Indemnización por infracción e incumplimiento de contrato pactado, en total, 90.000€;.
» 3. Indemnización por infracción de la obligación de devolución de los manuales de Know how, no retirar las Marcas, Elementos, y demás símbolos, métodos y componentes del sistema franquiciador, esto es, 90.000 €; más 12.000 €;, según el cálculo detallado en el cuerpo de este escrito y, siempre sin perjuicio de las cantidades que se sigan devengando a partir de la fecha límite del cálculo efectuado.
» 4. Intereses
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