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 Jurisprudencia

TJCE/TJUE, Sala Sexta, de 13 de febrero de 2020. Recurso C-606/19

Ponente: integrado por M. Safjan
SP/AUTRJ/1036347
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 La indemnización por la anulación del último trayecto en un vuelo con escalas puede solicitarse ante los órganos jurisdiccionales del lugar de salida del primer trayecto
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ANTECEDENTES DE HECHO
La petición de decisión prejudicial tiene por objeto la interpretación del Reglamento (UE) n.º 1215/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2012, relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (DO 2012, L 351, p. 1).
Esta petición se ha presentado en el contexto de un litigio entre flightright GmbH, una empresa domiciliada en Potsdam (Alemania), y la compañía aérea Iberia L. A. E., S. A. Operadora Unipersonal (en lo sucesivo, «Iberia»), domiciliada en Madrid, en relación con una demanda de indemnización presentada sobre la base del Reglamento (CE) n.º 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE) n.º 295/91 (DO 2004, L 46, p. 1).
Marco jurídico
Reglamento n.º 1215/2012
La sección 2 del capítulo II del Reglamento n.º 1215/2012, titulada «Competencias especiales», contiene el artículo 7, que, en su punto 1, dispone lo siguiente:
«Una persona domiciliada en un Estado miembro podrá ser demandada en otro Estado miembro:
1) a) en materia contractual, ante el órgano jurisdi
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