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 Jurisprudencia

AP Salamanca, Sec. 1.ª, 232/2019, de 10 de junio. Recurso 601/2018

Ponente: EUGENIO RUBIO GARCIA
SP/SENT/1013245
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 Un recargo de un 20% por retraso en el pago de la renta no se considera abusivo, ya que se trata de un contrato entre particulares que se rige por la voluntad negocial de las partes y se proyecta sobre la totalidad de contractual
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO. - Por el Juzgado de 1ª Instancia núm. 1 de Vitigudino, en los Autos núm.-162/2017, con fecha 29 de junio de 2018, se dictó sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
"Que estimando la demanda interpuesta por la Sra. Rodríguez Ramírez en nombre y representación de D. Maximo , contra DÑA. Valle , representada por la Sra. Martín Matas, debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente sobre el local sito en la calle San Roque nº 21 bajo de la localidad de Vitigudino y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 5.593,17 euros con condena en costas a la parte demandada. . ......"
SEGUNDO. - Frente a la anterior resolución y por la Procuradora Doña Ana Martin Matas en representación de Doña Valle interpuso del recurso de apelación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 459 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , en el que después de exponer los motivos que tuvo por conveniente termino solicitando que se dicte en su día Sentencia, por la cual, revoque en su totalidad la anterior de instancia, en la que estimando todas nuestra pretensiones, se absuelva de todas las pretensiones formuladas de adverso a Doña Valle , con expresa condena en costas de conformidad con el artículo 398 de la Ley de Enjuiciamiento Civil .
TERCERO. - Admitida que fue la interposición del recurso por el Juzgado, de conformidad con lo establecido en el art. 461 de la L.E.C . se emplazó a l
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