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 Jurisprudencia

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 492/2019, de 25 de septiembre. Recurso 378/2017

Ponente: ANTONIO SALAS CARCELLER
SP/SENT/1020727
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 Como señala la Audiencia han de ser los herederos designados quienes prueben la certeza de la causa invocada para la desheredación, lo que resulta de difícil logro si se sujeta el ejercicio al plazo de prescripción general del art. 1964 CC
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 Doctrina jurisprudencial: la acción para impugnar la desheredación que se considera injusta está sujeta en su ejercicio al plazo de cuatro años desde que se abre la sucesión y puede ser conocido el contenido del testamento
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.-1.- La representación procesal de don Emilio , interpuso demanda de juicio ordinario contra doña Tomasa y don Evelio , alegando los hechos y fundamentos de derecho que consideró de aplicación, terminó suplicando al Juzgado se dictara sentencia por la que:
"...estimando la demanda, declare Nula y sin efecto la cláusula testamentaria primera en virtud de la cual ha sido desheredado injustamente mi representado y en consecuencia el testamento, reconociéndole su derecho a percibir la legítima con cargo a los bienes que integran el caudal hereditario. O lo que es lo mismo la propiedad de las 2/3 partes de los bienes que conforman el caudal hereditario, condenando a los demandados a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a realizar cuantas actuaciones sean necesarias para el reconocimiento y/o constitución del derecho de propiedad a favor de mi representado, con imposición de costas a los demandados."
1.-2.- Admitida a trámite la demanda, la representación procesal de la demandada contestó a la misma, oponiendo a las pretensiones deducidas de adverso los hechos y fundamentos de derecho que tuvo por conveniente para concluir solicitando que dicte:
"...sentencia por la que se desestime la demanda sin entrar en el fondo del asunto por estimación de las excepciones planteadas o, entrando en dicho fondo, por ser cierta la causa de desheredación del demandante; o, subsidiariamente y para el caso
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