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 Jurisprudencia

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 667/2019, de 14 de enero de 2020. Recurso 2561/2018

Ponente: ANA MARIA FERRER GARCIA
SP/SENT/1033645
Gestión Documental
 El consentimiento de la persona respecto a la que hay una pena de alejamiento no es causa de atenuación de la responsabilidad en el delito de quebrantamiento de condena
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 No se acreditan los elementos para apreciar el enamoramiento como circunstancia atenuante de arrebato u obcecación en el delito de quebrantamiento de condena
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado de Violencia sobre la Mujer nº 10 de Madrid incoó DPA num. 780/15, y una vez concluso lo remitió al Juzgado e lo Penal num. 36 de Madrid que con fecha 13 de abril de 2018 dictó sentencia que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS: "UNICO.- Por sentencia de 13 de febrero de 2015, dictada de conformidad por el Juzgado de Violencia sobre la Mujer n° 1 de Alcalá de Henares, en DUD 33/15, se condenó al hoy acusado, Florian, mayor de edad, español, con DNI no NUM000 y sin antecedentes penales computables en esta causa a efectos de reincidencia, como autor de un delito continuado de amenazas en el ámbito de la violencia de género, a penas, entre otras, de 5 meses de prisión, con prohibición de aproximarse a una distancia inferior a 500 metros de quien había sido su pareja sentimental, Dª Tomasa, mayor de edad y española, a su persona, domicilio o cualquier lugar en el que se encontrase, y prohibición de comunicar con ella, ambas prohibiciones por tiempo de 16 meses.
El mismo 13 de febrero la sentencia se declaró firme y el acusado fue requerido de cumplimiento de las penas de prohibición de aproximación y de comunicación desde ese mismo día siendo advertido de que, en caso de incumplimiento, podría incurrir en un delito de quebrantamiento de condena castigado con pena privativa de libertad, estableciéndose, al efectuar la liquidación de condena, que estas penas se extinguían por cumplimiento el 6 de junio de 2016.
En la misma
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