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 Jurisprudencia

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 33/2020, de 17 de enero. Recurso 71/2019

Ponente: INES MARIA HUERTA GARICANO
SP/SENT/1036231
Gestión Documental
 El porcentaje del valor del suelo del inmueble transmitido consignados en el catastro, aplicado sobre las escrituras de compra y venta, acreditan la inexistencia del IIVTNU y estimación de la indemnización por responsabilidad patrimonial del Estado
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Interpuesto el precitado recurso, admitido a trámite y recibido el expediente administrativo, la representación procesal de la actora, formalizó demanda, en la que, reiterando básicamente su reclamación en vía administrativa y con fundamento en la STC 59/17, de 11 de mayo, instaba una indemnización de 6.020,48 €, importe satisfecho en concepto de impuesto municipal por incremento del valor del terreno urbano entre la fecha de adquisición y trasmisión de la vivienda, más los intereses legales, y ello porque se había gravado un hecho inexpresivo de capacidad económica al haber sido inferior el precio de venta que el de adquisición: 1) La vivienda se adquirió el 26 de junio de 2007 por un precio de 387.000, siendo vendida el 5 de diciembre de 2012 por 325.000 €, extremos que acredita con las correspondientes escrituras, por lo que la pérdida patrimonial la sitúa en la diferencia entre ambas cantidades: 62.000 €, y, a idéntica conclusión de minusvalía -dice- se llegaría si se partiera de los datos catastrales de la vivienda, en los que el valor del suelo representa el 81,0131% del precio frente al valor catastral de la construcción. 2) Como consecuencia de dicha pérdida solicitó del Ayuntamiento (20 de enero de 2015), por vía de la devolución de ingresos indebidos, la cantidad satisfecha en concepto del IIVTNU, que fue denegada por resolución de 7 de enero de 2016, frente a la que formuló reclamación económico administrativa ante el T.E.A.M.M., esgrimiendo que no pod
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