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 Jurisprudencia

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 48/2020, de 11 de febrero. Recurso 2799/2018

Ponente: SUSANA POLO GARCIA
SP/SENT/1037185
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 En un delito de riesgo como el de conducción de vehículos bajo la influencia de alcohol o drogas no pueden penarse como tentativa los actos previos al hecho de conducir, como subirse al vehículo sin llegar a accionarlo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- La Audiencia Provincial de Cádiz, Sección Cuarta, en el rollo de apelación nº 49/2018 dictó sentencia en fecha 19 de julio de 2018, desestimando el recurso interpuesto contra la sentencia de 5 de marzo de 2018 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Cádiz, procedente del Juicio Rápido nº 50/2018, dimanante de las Diligencias Urgentes nº 3/2018 del Juzgado de Instrucción nº 4 de Cádiz, que condenó a Salvador como autor responsable de un delito contra la seguridad vial en grado de tentativa.
La Sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Cádiz contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:
"Queda probado y así se declara que sobre las 3'10 horas del día 24 de Diciembre de 2.017 el acusado Salvador mayor de edad y sin antecedentes penales, encontrándose con unos amigos en las inmediaciones de la calle Sirenas de esta Capital, a través de la correspondiente aplicación, activó y alquiló desde su terminal la motocicleta Torrot Muvi de la empresa de alquiler "Muving", matrícula ....-CJB, llegando a sacar el vehículo de su estacionamiento y ponerse el casco reglamentario, intentando conducirlo y circular con él, en el momento en que fue sorprendido por una dotación de la Policía Local.
Salvador se encontraba en el momento de los hechos bajo los efectos de la previa ingesta de bebidas alcohólicas, presentando claros síntomas de embriaguez, que lo incapacitaban para conducir sin riesgos, tale
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