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 Jurisprudencia

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 688/2019, de 4 de marzo de 2020. Recurso 2891/2018

Ponente: MIGUEL COLMENERO MENENDEZ DE LUARCA
SP/SENT/1044437
Gestión Documental
 La finalidad de la conducta del acusado era encubrir el origen delictivo de los bienes y su titularidad a través de la ocultación de la identidad del verdadero dueño
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 Los clientes entregaban una cantidad de dinero a cambio de unos sellos que carecían de valor real careciendo la inversión de soporte alguno y convirtiéndola en una auténtica estafa
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 El recurrente utilizaba empresas interpuestas, basándose en simular adquisiciones de sellos a proveedores ficticios, para desviar dinero de la entidad filatélica
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 Habiéndose concretado el periodo de la ejecución de los hechos ilícitos, dada la existencia de los títulos de propiedad con fecha anterior a ese periodo, no concurre el comiso de las fincas
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 En el ilícito contra el patrimonio no puede invertirse el grado de la prueba para dirimir la solvencia económica al objeto de establecer un determinado grado de participación
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 Las sociedades que el recurrente administraba y gestionaba vendían el doble de los sellos que compraban, por lo que no existe el error argüido cuando el sentido común imperativamente manda
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 Aunque la prestación de servicios fiduciarios no supone por sí misma la comisión de ilícito, sí puede ser viable como trampolín para la ocultación de la titularidad de patrimonio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado Central de Instrucción número 5 de los de Madrid, instruyó sumario con el nº 3/13, contra D. Jon, D. Lorenzo, D. Pedro Antonio, D. Anton, D. Luis Pedro, D. Leopoldo, D. Manuel, D. Mario, D. Nicanor, Dª. María Angeles, D. Roman, D. Pascual, D. Pelayo, D. Porfirio, D. Raúl, Dª. Zaira, D. Alexis, Dª María Rosa, D. Ovidio, D. Obdulio, D. Samuel, D. Sergio, D. Saturnino, D. Simón, D. Segismundo, D. Landelino y D. Jose Pablo; como partícipes a título lucrativo, D. Ángel Jesús, Dª. Paulina, Dª. Pilar, D. Leon, Dª. Lourdes; y como responsables civiles, Atrio Collections SL, Creative Investment SL, Forum Filatélico SA, Postzegelhandel Crimpen BV, Stamp Colectors SL y Spring Este SL; y como responsables civiles a efecto de decomiso: D. Baltasar, Marbesquare SL, Marbepurple SL, Lusopert SL, Kali Properties SL, Bussiness Discovery SL, Absolute Marbella SL, Promociones Sejas del Mar 2002 SL, Bornesia SL e Inmobiltrón SL.; por delitos de estafa agravada, insolvencia punible, falsedad de cuentas societarias y blanqueo de capitales; y una vez declarado concluso el mismo, lo remitió a la Audiencia Nacional, Sala de lo Penal, Sección Primera, que con fecha 13 de julio de 2018, dictó sentencia que contiene los siguientes hechos probados:
«A.- Los hechos.
1. Fórum Filatélico SA, en el periodo comprendido de 1998 a 2006 desarrolló un negocio de captación masiva de dinero procedente de pequeños ahorradores, dinero que devolvía en el plazo d
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