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 Jurisprudencia

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 1786/2020, de 17 de diciembre. Recurso 546/2019

Ponente: JOSE DIAZ DELGADO
SP/SENT/1076698
Gestión Documental
 La exención en el IAJD a la extinción de condominio de un inmueble con compensación en metálico adquirido, en una herencia con más bienes, no requiere que se extingan la totalidad de los condominios
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El presente recurso de casación se interpuso contra la sentencia dictada el 15 de octubre de 2018 por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, en el recurso nº 726/2017.
Se impugnaba por el recurrente la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional del Principado de Asturias de fecha 22 de junio de 2017 que desestimó la Reclamación efectuada frente Acuerdo de 19 de noviembre de 2015 dictado por el jefe del Área de Gestión Tributaria sobre Liquidación Provisional por el concepto de TPAJD e importe de 8.013,37 euros. Consideraba, en esencia, el demandante que al encontramos ante una disolución parcial de la comunidad que formaba con su hermano, la operación no está sujeta al Impuesto de Transmisiones conforme a la normativa y doctrina jurisprudencial que se cita; y porque, además, el exceso de adjudicación es inevitable.
En su parte dispositiva la sentencia recurrida sostiene lo siguiente:
"En atención a todo lo expuesto, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, ha decidido: Estimar el recurso contencioso administrativo interpuesto por D. Imanol contra la Resolución impugnada, que se anula por no ser conforme a derecho, al igual que la liquidación de la que trae causa".
SEGUNDO.- La Sección de Admisión de esta Sala acuerda mediante auto de 16 de enero de 2020:
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