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 Jurisprudencia

TS, Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 5.ª, 155/2021, de 8 de febrero. Recurso 45/2020

Ponente: RAFAEL FERNANDEZ VALVERDE
SP/SENT/1086553
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 Prueba de la inexistencia de incremento objeto de gravamen por el IIVTNU: valor de escrituras no desvirtuado, considerando la incidencia de la crisis económica y lo difícil de asumir como cierta una subida del triple del valor del suelo
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Mediante escrito presentado el 11 de mayo de 2017, para ante el Consejo de Ministros, la recurrente formuló reclamación de responsabilidad patrimonial del Estado legislador, como consecuencia de la STC 59/2017, de 11 de mayo, en relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU), solicitando, por tal concepto, el abono de a 6.533,93 euros, más los intereses legales correspondientes.
Por Acuerdo del Consejo de Ministros, adoptado en su sesión de fecha 19 de julio de 2019, fue desestimada la citada reclamación de responsabilidad patrimonial.
Contra dicho Acuerdo la entidad recurrente interpuso, ante esta Sala Tercera del Tribunal Supremo, Recurso Contencioso-administrativo 45/2020.
SEGUNDO.- Mediante diligencia de ordenación de 14 de febrero de 2020, se tuvo por interpuesto Recurso Contencioso-administrativo contra el citado Acuerdo el Consejo de Ministros, el cual se admitió trámite, teniéndose por personada a la entidad recurrente, y acordándose requerir al Ministerio de Hacienda, a fin de que, en el improrrogable plazo de veinte días, bajo los apercibimientos a que se refiere el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LRJCA), remitiera el expediente administrativo correspondiente al acto impugnado, debiendo practicar los emplazamientos a que se refiere el artículo 49 de la citada Ley.
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