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 Jurisprudencia

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 534/2021, de 18 de mayo. Recurso 3325/2018

Ponente: IGNACIO GARCIA-PERROTE ESCARTIN
SP/SENT/1101932
RESUMEN

El plazo de caducidad para que el trabajador impugne la modificación de condiciones de trabajo empieza a computarse desde la notificación de la decisión empresarial al trabajador, aunque la empresa no haya seguido el procedimiento del artículo 41 ET ni la notificación se realice conforme a lo establecido en este precepto (artículo 138.1 LRJS). Aplica doctrina de la Sala.

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 Modificación de las condiciones de trabajo: caducidad de la acción; dies a quo; desde la notificación de la decisión empresarial al trabajador, aunque la empresa no haya seguido el procedimiento del art. 41 ET
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 8 de enero de 2018, el Juzgado de lo Social núm. 2 de Vitoria-Gasteiz, dictó sentencia cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: "FALLO: Que estimando la excepción de caducidad alegada por AUTOBUSES CUADRA S.A., se desestima la demanda presentada por D. Segismundo".
En dicha sentencia se declararon probados los siguientes hechos:
"1.-) Que el actor D. Segismundo. viene prestando sus servicios por cuenta de la empresa "AUTOBUSES CUADRA, S.A.", con antigüedad desde el 21/10/2000, con la categoría profesional de conductor-perceptor, estando sito el centro de trabajo en Gasteiz, y percibiendo un salario bruto mensual de 2.278,47 €;, con inclusión de la parte proporciona! de pagas extraordinarias.
A la relación laboral habida entre las partes es de aplicación el Convenio Colectivo de Transporte de Viajeros por Carretera de Alava.
2.-) Con fecha 16 de enero de 2017, la Diputación Foral de Álava adjudicó a la empresa "Autobuses La Cuadra, S.A.", el servicio de transporte interurbano regular de uso general de viajeros por carretera entre Vitoria-Gasteiz y Durango. Folios 205 a 208.
El 19 de diciembre de 2016 se envió por la mercantil "AUTOCARES DISCRECCIONALES DEL NORTE" con la documentación relativa a los trabajadores subrogados. Folios 210 a 212.
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