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 Jurisprudencia

TS, Sala Primera, de lo Civil, Pleno, 561/2021, de 23 de julio. Recurso 2749/2018

Ponente: RAFAEL SARAZA JIMENA
SP/SENT/1108218
RESUMEN

Exigencia de indemnización por la instalación de un dispositivo fraudulento que manipula el control de la emisión de gases contaminantes de un vehículo. Actos propios de la sociedad distribuidora y que presta el servicio postventa, al asumir frente a los clientes españoles la responsabilidad del fabricante, que es su sociedad matriz. Relatividad de los contratos: exigencia de responsabilidad contractual frente al fabricante que no es parte en el contrato de compraventa. Indemnización de daños morales: la imputación objetiva exige un incumplimiento doloso en los contratos de contenido meramente patrimonial.

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 Actos propios de la sociedad distribuidora encargada del servicio post venta y participada por el grupo Volkswagen, que asume en España la responsabilidad propia del fabricante
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 El comprador puede ejercitar contra la distribuidora la acción de responsabilidad por incumplimiento contractual, que asumió ante este la responsabilidad de su matriz, la fabricante que instaló el dispositivo fraudulento
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 Indemnización de daños morales: la imputación objetiva exige un incumplimiento doloso, no pudiéndoselos imputar al concesionario al no poder afirmar que conociera la instalación del dispositivo
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 Se fija en 500€ la indemnización por los daños morales sufridos por el comprador, considerándose manifiestamente desproporcionada la reclamada inicialmente
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador D. Roberto Alonso Verdú, en nombre y representación de D. Pedro Jesús, interpuso demanda de juicio ordinario contra Volkswagen Audi España S.A. y M. Conde Premium S.L., en la que solicitaba se dictara sentencia:
"[...] estimando la demanda por la que:
" Primero.- Se declare la nulidad del contrato de compraventa celebrado por mi mandante con la parte demandada, o alternativamente, la resolución del mismo por incumplimiento.
" Segundo.- Se condene en todo caso a la demandada, a indemnizar en concepto de daños morales sufridos por la comercialización fraudulenta y/o dolosa del vehículo en la cantidad de 11.376,00 euros, así como al abono de los intereses y gastos abonados por la financiación por importe de 6.644,71 euros.
" Y subsidiariamente, para el caso de no ser estimada la nulidad contractual o alternativamente, la resolución por incumplimiento, se condene, además de los conceptos reseñados por daños morales y gastos de financiación, a indemnizar por la demandada a mi mandante, en concepto de daños y perjuicios causados por la depreciación sufrida en el valor del vehículo afectado, valorados en la cantidad de 15.020,12 euros, más los intereses legales pertinentes en cualquiera de los casos.
" Tercero.- En todo caso, se condene a la
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