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 Jurisprudencia

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 1019/2021, de 18 de octubre. Recurso 4480/2018

Ponente: JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE
SP/SENT/1117340
RESUMEN

El requerimiento efectuado por la Inspección de Trabajo a la empresa para que abone a todos sus trabajadores las diferencias salariales, cuando la Inspección ha actuado en virtud de una denuncia, sin que conste la identidad del denunciante, interrumpe la prescripción extintiva de su acción de reclamación salarial.

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 Reclamación de diferencias salariales; interrupción de la prescripción; requerimiento efectuado por ITSS a empresa para que abone a todos sus trabajadores las diferencias salariales que pudieran resultar de la aplicación de un convenio
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Con fecha 8 de junio de 2016, el Juzgado de lo Social número Uno de Cuenca, dictó sentencia en la que consta la siguiente parte dispositiva: "ESTIMAR ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada por doña Miriam frente a la empresa "Servicios Médicos Alameda S.L", CONDENANDO a la misma a que abone a la trabajadora la cantidad de 3.371,78 euros, con los intereses por mora del artículo 29.3 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores."
SEGUNDO.- Que en la citada sentencia y como hechos probados se declaran los siguientes:
"PRIMERO.- Doña Miriam, con NIF n° NUM000, ha prestado servicios para la empresa "Servicios Médicos Alameda S.L", desde el 10 de enero de 2.007 hasta el 29 de octubre de 2.014, ostentando la categoría profesional de enfermero-DUE.
SEGUNDO.- En fecha 5 de octubre de 2.012 se suscribió acuerdo entre la empresa "Nuevo Hogar Alameda S.L" y la entidad "Servicios Médicos Alameda S.L", por el que se estipulaba la subrogación del personal con todos los derechos y obligaciones derivadas de la misma.
La trabajadora pasó a prestar servicios para la empresa "Servicios Médicos Alameda S.L" a partir del día 9 de septiembre de 2.012.
TERCERO.- La empresa "Servicios Médicos Alameda S.L", como residencia de la tercera edad en la región de Castilla La Mancha, debe regirse por el Co
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