CARGANDO...

 Jurisprudencia

TS, Sala Primera, de lo Civil, 783/2021, de 15 de noviembre. Recurso 2284/2021

Ponente: JUAN MARIA DIAZ FRAILE
SP/SENT/1121006
RESUMEN

Las consecuencias de la resolución del derecho del arrendador de un local de negocios por su enajenación forzosa en un procedimiento de ejecución hipotecaria respecto de la subsistencia o extinción del contrato de arrendamiento. Evolución normativa y jurisprudencial sobre el régimen de la resolución del derecho del arrendador en los casos de enajenación forzosa de la finca arrendada. Régimen aplicable a los arrendamientos de locales destinados a un uso distinto del de vivienda habitual en caso de resolución del derecho del arrendador por su enajenación forzosa en una ejecución hipotecaria. El régimen de los arts. 1549 y 1571 del Código Civil respecto de la eficacia frente a terceros de los arrendamientos no inscritos. Similitudes y diferencias entre el régimen del art. 1571 CC y del art. 29 LAU.

Gestión Documental
 Inexistencia de norma en arrendamientos de uso distinto ante la enajenación forzosa de la finca a efectos de la subrogación del adquirente en los derechos y obligaciones del arrendador: no procede hacer una interpretación extensiva del art. 29 LAU
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
 Enajenación por ejecución hipotecaria en un arrendamiento de uso distinto: en ausencia de pacto y de inscripción registral, por remisión del art. 4.3 LAU al C.Civil, se aplican los arts.1571 y 1549, por lo que se extingue el arrendamiento
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Tramitación en primera instancia.
1.- El procurador D. Faustino Igualador Peco, en nombre y representación de Banco Santander, S.A., interpuso demanda de juicio verbal contra Xarxa Integral de Profesionals I Usuaries, S.C.C.L, en la que solicitaba se dictara sentencia con los siguientes pronunciamientos:
"Primero.- Declare resuelto el contrato de arrendamiento, por impago de rentas suscrito en fecha 1 de diciembre de 2011, sobre los inmuebles sitos en la CALLE000 N.º NUM000, NUM001 y NUM002, en Barcelona, en el cual se encuentra subrogado Banco Popular Español S.A.
"Segundo.- Condene a la demandada a dejar libre y expedita los mencionados inmuebles y a disposición del actor, bajo apercibimiento de lanzamiento judicial si no lo efectuara en el plazo legal.
"Tercero.- Condene a la demandada a pagar a mi representada la cantidad DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO EUROS Y CUARENTA Y SEIS CÉNTIMOS (241.854,46.-€;) debida a fecha 31 de julio de 2017, más los intereses legales devengados por esa cantidad desde la fecha de interposición de la demanda, y más los intereses judiciales que en su caso se generen desde que se dicte la Sentencia.
"Cuarto: Condene, asimismo a la demandada, al pago de las rentas pactadas en el contrato de arrendamiento suscrito entre las partes, vencidas con posterioridad a
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos