CARGANDO...

 Jurisprudencia

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 57/2022, de 20 de enero. Recurso 269/2021

Ponente: MARIA LUISA SEGOVIANO ASTABURUAGA
SP/SENT/1130064
RESUMEN

El complemento del 100% de la BR del mes anterior a la IT, debida a accidente laboral, establecido por el artículo 96 del Convenio Colectivo de FUNDACIÓN DIAGRAMA INTERVENCIÓN PSICOSOCIAL, no es aplicable a las situaciones de las personas trabajadoras en IT asimilada a accidente de trabajo, por razón de periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio, como consecuencia del COVID-19.

Gestión Documental
 Mejoras voluntarias: las empresas no están obligadas a complementar las bajas por IT debidas al Covid19
No tiene permisos para ver el contenido de los extractos
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la representación letrada de se presentó demanda de FEDERACIÓN ESTATAL DE ENSEÑANZA DEL SINDICATO COMISIONES OBRERAS de la que conoció la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional y en la que, tras exponer los hechos y motivos que estimaron de aplicación, se terminó por suplicar se dicte sentencia por la que se: "DECLARE: - El derecho de los trabajadores que hayan estado o estén en situación de IT asimilada a accidente de trabajo por razón de periodos de aislamiento, contagio o restricción en las salidas del municipio donde tengan el domicilio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19, a percibir el complemento del hasta el 100% de la base reguladora del mes anterior a la baja, conforme pres-cribe el artículo 96, párrafo segundo del Convenio Colectivo de aplicación".
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda se celebró el acto del juicio, con la intervención de las partes y el resultado que se refleja en el acta que obra unida a las actuaciones. Recibido el pleito a prueba se practicaron las propuestas por las partes y declaradas pertinentes.
TERCERO.- Con fecha 13 de mayo de 2021 se dictó sentencia por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que consta el siguiente fallo: "Desestimamos la demanda formulada por D. Enrique Lillo Pérez, letrado en ejercicio del Ilustre Colegio de Madrid Letrado del Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, en representación de la FEDERACIÓN ESTATAL DE
También puedes adquirir este documento o suscribirte para acceder a todos los contenidos