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 Jurisprudencia

TS, Sala Segunda, de lo Penal, 635/2022, de 23 de junio. Recurso 5633/2020. Con Comentarios

Ponente: LEOPOLDO PUENTE SEGURA
SP/SENT/1152521
RESUMEN

Delito de conducción sin licencia o permiso: patinetes eléctricos. Reproduce la doctrina del Pleno en sentencia número 120/2022, de 10 de febrero. A mayor abundamiento, el error (vencible) sobre si los patinetes eléctricos tienen la consideración de ciclomotores a los efectos del artículo 384, en tanto recae sobre un elemento normativo, lo es de tipo y no de prohibición. No presentando el delito modalidad imprudente, el acusado debe ser absuelto.

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 Se debe establecer la potencia del patinete eléctrico, la velocidad máxima, si cuenta o no con sillín y si tiene o no sistema de autoequilibrado para considerarlo vehículo a motor con necesidad de disponer de carnet para su conducción
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 El delito de conducción sin carnet carece de modalidad imprudente y el error vencible recae sobre el desconocimiento de la necesidad de licencia para pilotar el patinete eléctrico y no sobre la existencia de una norma penal que sanciona
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- El Juzgado mixto núm. 1 de Puente Genil incoó diligencias urgentes núm. 19/2020, por un presunto delito contra la seguridad vial. Una vez conclusas las actuaciones, las remitió para su enjuiciamiento al Juzgado de lo Penal núm. 4 de Córdoba que incoó procedimiento de juicio rápido 111/2020 y con fecha 1 de julio de 2020, dictó Sentencia núm. 63 que contiene los siguientes HECHOS PROBADOS:
"El acusado, Paulino, alrededor de las 11:00 horas del día 15 de junio de 2020, conducía por la calle Poeta García Lorca de la localidad de Puente Genil (Córdoba) el ciclomotor matrícula W....FRK cuando los Agentes de la Guardia Civil con T.I.P. n° NUM000 y NUM001 lo interceptaron por no hacer uso del casco de protección reglamentario y comprobaron que el acusado conducía el citado vehículo sin haber obtenido nunca el permiso de conducción".
SEGUNDO.- El Juzgado de lo Penal dictó el siguiente pronunciamiento:
"Que debo condenar y condeno al acusado Paulino como autor responsable de un delito de conducción sin permiso ya definido, sin la concurrencia de concurriendo, agravante de reincidencia, (sic) a la pena de veintidós meses de multa con cuota diaria de diez euros, responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago. Con imposición de costas.
Contra esta sentencia cabe interponer ante este Juzgado, en el término de diez días hábiles desde el siguiente a su notifica
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