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 Jurisprudencia

TS, Sala Cuarta, de lo Social, 41/2023, de 18 de enero. Recurso 78/2021

Ponente: SEBASTIAN MORALO GALLEGO
SP/SENT/1169071
RESUMEN

Impugnación Convenio Colectivo Nacional Cajas de Ahorro. Acuerdo sobre el sistema de registro de jornada de trabajo. Es ajustado a derecho. Cumple los requisitos de ser objetivo, fiable y accesible conforme exige la STJUE 14/5/2019, asunto C-55/18. No es ilegal por el hecho de que sea el propio trabajador el que haya de reflejar diariamente en la aplicación informática de la empresa las horas de inicio y finalización de la jornada de trabajo, las interrupciones y periodos de descanso.

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 Validez de sistema de registro de jornada de trabajo; es el propio trabajador el que ha de reflejar diariamente en la aplicación informática de la empresa las horas de inicio y finalización de la jornada de trabajo, interrupciones y descansos
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por la representación procesal de FESIBAC-CGT se presentó demanda sobre impugnación del acuerdo parcial del Convenio Colectivo del Sector de Cajas y Entidades Financieras de Ahorro, registrada con el núm. 218/2020, de la que conoció la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. En el correspondiente escrito, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho, terminaban suplicando se dictara sentencia por la que se declare: "la nulidad de los apartados II, III, IV y V del Acuerdo parcial del CONVENIO COLECTIVO DEL SECTOR DE CAJAS Y ENTIDADES FINANCIERAS DE AHORRO, que se publicó y registró mediante Resolución de 22 de octubre de 2019 del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad".
SEGUNDO.- Admitida a trámite la demanda, se celebró el acto del juicio. Seguidamente, se recibió el pleito a prueba, practicándose las propuestas por las partes y, tras formular éstas sus conclusiones definitivas, quedaron los autos conclusos para sentencia.
TERCERO.- Con fecha 9 de diciembre de 2020 se dictó sentencia por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional en la que consta el siguiente fallo: "Desestimamos la demanda deducida por CGT frente a CONFEDERACIÓN ESPAÑOLA DE CAJAS DE AHORROS (CECA) FEDERACIÓN ESTATAL DE SERVICIOS, MOVILIDAD Y CONSUMO DE UGT, FEDERACIÓN FUERZA, INDEPENDENCIA Y EMPLEO (FINE), FEDERACIÓN DE SERVICIOS DE COMISIONES OBRERAS y absolvemos a la demandada de los pedimentos contenidos en la misma".
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