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 Jurisprudencia

TSJ Aragón, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sec. 2.ª, 324/2017, de 20 de septiembre. Recurso 287/2016

Ponente: EMILIO MOLINS GARCIA-ATANCE
SP/SENT/928842
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ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO .- La parte actora en el presente recurso, por escrito que tuvo entrada en fecha 17 de noviembre de 2016, interpuso recurso contencioso administrativo contra la resolución citada en el encabezamiento de esta resolución. Previa la admisión a trámite del recurso por la Sala y recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda, en la que tras relacionar la recurrente los hechos y fundamentos de derecho que estimaba aplicables al caso concluían con el suplico de que se dictara sentencia por la que se anule la resolución del TEARA objeto de impugnación, condenando a la Administración a la devolución de lo cobrado indebidamente en concepto de tasas, con condena en costas.
SEGUNDO .- La Administración demandada presentó escrito de contestación a la demanda solicitando la íntegra desestimación de la misma.
TERCERO .- No habiéndose propuesto otra prueba que la documental acompañada con la demanda y la reiteración del expediente administrativo y no solicitando las partes el trámite de conclusiones se celebró la votación y fallo el día señalado, 13 de septiembre de 2017.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO .- La parte actora impugna la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Aragón, constituido en órgano unipersonal, dictada el 10 de junio de 2016 que desestima las reclamaciones acumuladas nº 50/333/2016 y 50/399/2016 interpuestas por dicha recurrente contra resolución desestimatoria de un recurso de reposición interpuesto contra la liquidación efectuada por la Confederación Hidrográfica del Ebro por tasa por informes y otras actuaciones e importe de 25,38 euros y liquidación por la misma tasa e importe de 20,54 euros.
SEGUNDO .- Los antecedentes de interés aparecen correctamente reseñados en la resolución del Tribunal Económico-Regional de Aragón.
El día 10 de julio de 2015 le fue notificada a la entidad interesada una liquidación (nº 2015.500.0.5009) practicada por la Confederación Hidrográfica del Ebro por Tasa por copias de documentos y planos, por importe de 25,38 €;, en relación con el expediente 2014-A-133.
Se desglosaba la liquidación en los siguientes conceptos: Por copias de documentos y planos (6,23 €;); por 149 copias papel (14,9 €;), por soporte CD (1,25 €;) y por costes de notificación (3€;).
El día 23 de julio de 2015, la entidad presentó recurso de reposición contra la anterior liquidación, presentando escrito ampliatorio de 11 de agosto de 2015, señalando:
1- Que se ha aplicado el Decr
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